• Responsabilidad civil derivada del delito: indemnización por lesiones, secuelas y daño moral, fijada en la propia sentencia penal
  • Recargo de prestaciones: independiente, se tramita en vía laboral aunque haya condena penal
  • Indemnización del seguro de convenio colectivo: si tu sector lo contempla para casos de incapacidad permanente o fallecimiento

Si el procedimiento penal termina en archivo o sentencia absolutoria, no se pierde la posibilidad de reclamar por la vía estrictamente laboral: el juzgado social puede fijar una indemnización por incumplimientos que, aun no siendo penalmente relevantes, sí generan responsabilidad laboral.Es decir, un mismo accidente grave puede dar derecho a cobrar simultáneamente la prestación de la Seguridad Social, el recargo, la indemnización civil y el seguro de convenio. Revisar las cuatro vías de indemnización por accidente laboral en la primera consulta es, precisamente, lo que marca la diferencia en el resultado final.

Por qué necesitas un abogado especializado en accidentes laborales

  • La coordinación entre vías es determinante. Un mismo hecho puede investigarse en penal, laboral y administrativo a la vez, y las decisiones de un procedimiento afectan al resto.
  • El plazo de denuncia penal es de un año desde la curación de las lesiones si no se inició de oficio, un plazo que se agota antes de lo que parece.
  • La prueba pericial es clave. El informe técnico sobre las medidas de prevención de riesgos laborales incumplidas condiciona tanto la vía penal como el recargo de prestaciones.
  • No renuncies a la vía laboral por miedo a la penal. Son compatibles, y muchas veces la vía laboral avanza mientras la penal está en fase de instrucción.

Revisar las cuatro vías de indemnización por accidente laboral en la primera consulta es, precisamente, lo que marca la diferencia en el resultado final.