
Despido en periodo de prueba: Cuándo sí hay indemnización (2026)
Hoy te han comunicado que no superas el periodo de prueba y la empresa da por hecho que no te debe pagar nada más que el finiquito. Es lo que dice la ley en la
Si te han despedido, no estás obligado a aceptar las condiciones que te ha impuesto la empresa.
En Marben Abogados llevamos más de 20 años defendiendo los derechos de trabajadores en Madrid y toda la Comunidad. En ese tiempo hemos conseguido que nuestros clientes obtengan las indemnizaciones por despido que realmente les correspondían, tanto en vía extrajudicial como en los Juzgados de lo Social de Madrid.
Analizar la viabilidad de tu caso con nuestros abogados laboralistas es completamente gratuita y sin compromiso. Te diremos en esa misma reunión si tienes caso, qué puedes reclamar y cuánto puede valer tu despido.
Cuando se produce un despido siempre es por parte de la empresa y nunca es decisión del trabajador esta rescisión de contrato.
Si no estás de acuerdo con la decisión de la empresa, puedes contactar con abogados especialistas en despidos en Madrid.
Recuerda que sólo tienes 20 días hábiles, desde la comunicación, para impugnar tu despido.
Antes de actuar, es fundamental identificar ante qué tipo de despido te encuentras. Cada categoría tiene unas consecuencias legales y una indemnización distinta. Nuestros abogados de despidos en Madrid analizarán tu caso de forma individualizada, pero aquí tienes una guía rápida:
El despido objetivo ocurre cuando se finaliza el contrato de trabajador por causas ajenas al mismo, es decir cuando no se puede culpar al trabajador del despido. Razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
También puede darse por ineptitud sobrevenida del trabajador o por faltas de asistencia justificadas que superen determinados umbrales.
Indemnización: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Además, la empresa debe darte un preaviso de 15 días o abonar los días no preavisados.
Muchos despidos que las empresas califican como «objetivos» no cumplen en realidad los requisitos legales. Si sospechas que las causas que te han comunicado no son reales o están mal documentadas, consulta con nuestros abogados: en muchos casos conseguimos que sea declarado improcedente.
El despido nulo es el más grave desde el punto de vista legal y el que mayor protección ofrece al trabajador. Se declara nulo cuando el despido vulnera derechos fundamentales o libertades públicas del trabajador: discriminación por razón de sexo, raza, religión, orientación sexual, represalia por ejercer derechos laborales (huelga, denuncia de acoso), o cuando afecta a trabajadores en situación de especial protección (embarazo, baja por maternidad/paternidad, reducción de jornada por cuidado de hijos, etc.).
Consecuencia: La empresa está obligada a readmitirte en tu puesto de trabajo y a abonarte todos los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión (salarios de tramitación).
Si crees que tu despido puede estar motivado por alguna de estas circunstancias, es urgente que contactes con nosotros. La prueba de la vulneración de derechos fundamentales requiere una estrategia procesal específica desde el primer momento.
El despido disciplinario se produce por un incumplimiento grave y culpable del trabajador: ausencias injustificadas reiteradas, desobediencia, ofensas al empleador, disminución voluntaria del rendimiento, o actos similares.
Si el despido disciplinario es declarado procedente por el juez, no tienes derecho a indemnización (sí a liquidación). Pero si logramos que se declare improcedente, porque los hechos no son suficientemente graves o la empresa no los ha probado, tendrás derecho a la indemnización de 33 días por año.
La estrategia jurídica en este tipo de despido es clave: qué hechos disputa la empresa, qué pruebas tiene, cómo redactar la papeleta de conciliación sin perjudicar la demanda posterior. No actúes sin asesoramiento.
Si la empresa ha comunicado la extinción de contratos a un número relevante de trabajadores de forma simultánea, estamos ante un Expediente de Regulación de Empleo (ERE). Los ERE tienen una regulación específica: la empresa debe abrir un período de consultas con los representantes de los trabajadores y cumplir con una serie de requisitos formales.
La indemnización mínima en un ERE es de 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades, aunque en la negociación colectiva se pueden conseguir condiciones mejores. Nuestros abogados de despidos en Madrid han participado en la defensa de trabajadores en numerosos procesos de ERE y conocen en detalle cómo maximizar el resultado para el trabajador.
El despido improcedente se produce cuando un juez entiende que la empresa ha puesto fin a tu contrato sin una causa suficientemente justificada, o sin seguir el procedimiento legal correcto. Es el tipo de despido que más margen de negociación ofrece al trabajador.
La empresa tiene dos opciones cuando un juez declara el despido improcedente: readmitirte en tu puesto o abonarte la indemnización. En la práctica, casi siempre se opta por la compensación económica.
Indemnización: 33 días de salario por año trabajado (contratos posteriores al 12/02/2012), con un máximo de 24 mensualidades. Para la parte anterior a esa fecha, el cálculo es de 45 días por año, con un máximo de 42 mensualidades.
Motivos para solicitar las improcedencia de un despido: Cuando la carta de despido no especifica hechos concretos, cuando las causas alegadas no son suficientemente graves, cuando no se han seguido los trámites formales exigidos por ley (por ejemplo, en caso de despido disciplinario) o cuando la empresa no puede probar lo que alega.
Reclamar tu indemnización por despido es más fácil con nuestra ayuda.
Concierta ahora una visita en la que valoramos de forma gratuíta la viabilidad de impugnar tu despido
Valoraremos la viabilidad del caso para darte una respuesta en ese mismo momento, informarte de todos los costes que tendrá el proceso y aclarar todas dudas que nos plantees.
Una vez aceptado el asunto, te asesoraremos sobre la documentación y los tramites y nosotros gestionamos todo lo necesario.
Realizamos un seguimiento continuo del caso, te acompañamos en el proceso y guiamos y aconsejamos para conseguir el mejor resultado para ti.
Todos nuestros tramites son rápidos, claros y muy fáciles de entender. Si algo no entiendes pregúntanos y te lo explicamos.
Si no estás de acuerdo con tu despido, este es el proceso que seguiremos junto a ti:
Paso 1 — Revisión urgente de la carta de despido (día 1) Lo primero es revisar el contenido de la carta de despido: los hechos que alega la empresa, si la fecha y la firma son correctas, si se han respetado los plazos de preaviso, y si la causa está suficientemente detallada. Muchos despidos son ya impugnables en este primer análisis.
Paso 2 — Presentación de la papeleta de conciliación ante el SMAC de Madrid El SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de Madrid tiene su sede en la C/ Princesa, 5. La presentación de la papeleta de conciliación es el paso previo y obligatorio antes de cualquier demanda judicial. Desde que se presenta, el plazo de caducidad de 20 días hábiles queda suspendido durante un máximo de 15 días hábiles adicionales.
La redacción de la papeleta es crucial: su contenido condiciona directamente el de la futura demanda judicial. Es un error frecuente presentarla sin asesoramiento jurídico.
Paso 3 — Acto de conciliación Una vez presentada la papeleta, el SMAC convoca a ambas partes. En este acto intentamos alcanzar un acuerdo que evite el juicio. En nuestra experiencia, una parte significativa de los casos se resuelve en esta fase, obteniendo para el trabajador una indemnización igual o superior a la que podría obtener en juicio.
Paso 4 — Demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid (si no hay acuerdo) Si el acto de conciliación no prospera, presentamos la demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid correspondiente. El juicio se celebra en un plazo generalmente de varios meses.
Paso 5 — Juicio y sentencia Tras el juicio, el juez dicta sentencia en un plazo máximo de 5 días hábiles. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid si alguna de las partes no está conforme.
EXCELENTE A base de 52 reseñas Publicado en Google Marcel MarsTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Bufete de abogados excepcional. En mi caso, no puedo estar mas contento con ellos, especialmente con Sandra que es la abogada que ha llevado mi caso desde el principio. Asesorado en todo momento vía mail, telefónica e incluso por WatsApp y atentos siempre ante cualquier duda para resolverla practicamente al momento. Sin duda recomendaría este bufete para cualquier caso relacionado con discapacidades, incapacidades y problemas laborales, ya que saben como afrontar todos ellos como muy pocos lo saben hacer en este sector. Experiencia mas que demostrada en todo momento del proceso, el cual ha durado mas de 3 años, pero que finalmente ha sido favorable. Sin duda lo recomendaría a todo el mundo que este pasando por algun momento tan delicado y agónico, como es el de tener que luchar por tus derechos ante los tribunales y poder demostrar la veracidad de todo ello para poder conseguirlo.Publicado en Google Pancho VillaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Ya he dado mi opinión. Muy buenos profesionales que ayudan al trabajador y al pensionista a resolver sus problemas con la empresa y con la Seguridad Social. Son muy buenos profesionales y muy honrados.Publicado en Google Lourdes AlbaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Una abogada cercana y familiar, he podido contar con Sandra , un encanto de persona he podido contar en todo momento con ella ,hasta el final del proceso, me salió favorable, es toda una profesional, gracias Sandra por todo , por toda la información y ayuda que me has brindado....no tengo como decirte mil graciasPublicado en Google LidiaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Daniel me asesoró en todo mi proceso de despido con profesionalismo y claridad. Siempre estuvo disponible para resolver mis dudas y me dio la confianza que necesitaba. Lo recomiendo totalmente.Publicado en Google Samuele VelaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Sin duda lo recomiendo,fue todo super, Daniel muy buena personaPublicado en Google LUIS CUADRADOTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Cien por cien recomendable,esla segunda vez que trabajo con ellos .Serios y buen trato.Especialmente Daniel.
Nuestro despacho de Madrid está ubicado en Hermosilla 48, 1º dcha, 28001 Madrid (barrio de Salamanca), con excelente comunicación en metro (Velázquez, L4) y autobús. Atendemos trabajadores de toda la Comunidad de Madrid, incluyendo:
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Horario: Lunes a jueves 9:00–14:00 y 16:00–19:30 | Viernes 9:00–14:00
Tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectividad del despido (no desde que lo comunican, sino desde que produce efectos). Este plazo es de caducidad, lo que significa que si lo dejas pasar, pierdes definitivamente tu derecho a impugnar. No lo confundas con el plazo de prescripción: en materia de despidos, no hay segunda oportunidad.
Firmar el finiquito no implica automáticamente renunciar a impugnar el despido. La firma del finiquito acredita que has recibido las cantidades reflejadas en él, pero no supone una renuncia a ejercer acciones legales, salvo que el finiquito contenga una cláusula expresa de «saldo y finiquito» y hayas sido asesorado al respecto. En cualquier caso, antes de firmar, te recomendamos que nos consultes.
En Marben Abogados la el estudio de viabilidad de tu caso es gratuito. Los honorarios dependen del tipo de despido, la cuantía en juego y las fases del proceso. En nuestra primera reunión te daremos un presupuesto cerrado y detallado antes de que tomes ninguna decisión.
La indemnización depende de tres factores: tu salario, tus años de antigüedad en la empresa y el tipo de despido. Para un despido improcedente, el cálculo base es 33 días de salario por año trabajado. Tendrás una estimación orientativa en la primera consulta.
Ver Calcular indemnización despido
Sí, es frecuente. La empresa tiende a ofrecer en el finiquito la indemnización mínima legal. A través de la negociación en el acto de conciliación o en vía judicial, en muchos casos conseguimos mejorar sustancialmente esa cifra inicial.
El SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de la Comunidad de Madrid es el organismo público ante el que se presenta obligatoriamente la papeleta de conciliación previa al juicio. Está ubicado en C/ Princesa, 5. Nosotros gestionamos todo el proceso: redactamos la papeleta, te representamos en el acto y, si no hay acuerdo, preparamos la demanda judicial.

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