Si llevas meses de baja, en algún momento aparece la misma pregunta: cuándo me van a llamar del tribunal médico. No hay una fecha fija, pero sí unos plazos que marcan cuándo el INSS tiene que revisar tu situación, y conocerlos permite anticiparse en lugar de esperar una carta.

Aquí verás en qué momento se pasa el tribunal médico, cómo llega la citación, qué se valora realmente en esa revisión —que no es tu diagnóstico, sino tus limitaciones— y qué puede ocurrir con tu baja después.

Seguro que a más de un lector que haya estado de baja, y más aún en el caso de bajas prolongadas, no le resulta ajeno el término Tribunal Médico

El conocido comúnmente como Tribunal Médico, es el Equipo de Valoración de Incapacidades; un órgano dependiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que principalmente se dedica a realizar valoraciones para la concesión de prórrogas de incapacidades temporales, así como pensiones de incapacidades permanentes.

En el artículo de hoy, resolveremos algunas de las dudas más frecuentes sobre el Tribunal Médico que suelen llegarnos al despacho:

En qué momento te llaman: los plazos de la baja

No hay una fecha marcada en el calendario: el tribunal médico entra en juego cuando la baja llega a determinados hitos, o cuando alguien —la mutua, el INSS o el propio trabajador— pide que se valore.

  • Antes de los 12 meses. Puede citarte la inspección médica para revisar si la baja sigue justificada. No es todavía el tribunal que valora una incapacidad permanente.
  • Al llegar a los 365 días. Es el hito importante: el INSS asume el control de la baja y debe decidir entre prorrogarla, darte el alta o iniciar un expediente de incapacidad permanente.
  • Durante la prórroga, hasta los 545 días. Si te prorrogan, la valoración suele producirse antes de agotar ese plazo.
  • Si la mutua propone el alta o la incapacidad. Puede adelantarse a cualquiera de los hitos anteriores.

En la práctica, la mayoría de las citaciones se concentran alrededor de los doce meses de baja. Si estás cerca de esa fecha, es el momento de tener reunida la documentación médica.

Conviene no confundir dos citaciones distintas: la inspección médica y el tribunal médico no son lo mismo, aunque las dos te llamen estando de baja. Y si tu baja se acerca a los 18 meses, el procedimiento tiene reglas propias: las explicamos en qué ocurre a los 18 meses de baja.

Cómo te citan y cuánto margen tienes

La citación llega por correo al domicilio que consta en la Seguridad Social, con día y hora. Conviene tener presentes tres cosas:

  • El aviso suele llegar con poca antelación, así que la preparación empieza antes de recibirlo, no después.
  • Si el domicilio que consta no está actualizado, la citación puede no llegarte, y no comparecer tiene consecuencias: puede suponer el alta y la suspensión de la prestación.
  • Si por una causa justificada no puedes acudir, hay que comunicarlo y acreditarlo antes de la fecha, no después.

¿Qué es el Tribunal Médico y quién lo compone?

Como comentábamos al inicio, el Tribunal Médico es el organismo dependiente del INSS encargado de evaluar las solicitudes de incapacidad laboral, independientemente del grado, así como de las revisiones. 

Tanto la composición, principalmente integrado por médicos inspectores, facultativos, inspectores de trabajo y de la Seguridad Social, como sus funciones se encuentran reguladas en el Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio.

¿Cómo recibiré la citación para pasar el Tribunal Médico?

La forma más habitual de citación para pasar el Tribunal Médico es a través de carta certificada. Sin embargo, también puede llegarnos la cita vía SMS o a través de una llamada telefónica. 

Si bien es cierto que el plazo entre la citación y la propia cita son amplios, puede darse el caso de que nos avisen con pocos días de antelación. Es por ello que, a todos nuestros clientes, siempre les recomendamos estar preparados y tener localizados y organizados todos los informes médicos y la documentación (diagnósticos, resultados de pruebas médicas y tratamientos recibidos) que evidencien el grado de afectación y las limitaciones funcionales que acrediten la enfermedad motivo de la citación para pasar el Tribunal Médico.

Tribunal Médico: incapacidad temporal e incapacidad permanente

En los casos de incapacidad temporal, el seguimiento del proceso desde la baja médica a los sucesivos partes de confirmación, lo realizará el médico de cabecera. Una vez alcanzados los 12 meses de baja, el control de la incapacidad temporal se transfiere al Tribunal Médico y es, a partir de este momento, cuando en cualquier momento podremos recibir la notificación para someternos a su control.

En los casos en los que la incapacidad permanente ya nos ha sido concedida, el papel del Tribunal Médico es el de revisar la concesión de la incapacidad permanente por parte del INSS. 

También, el Tribunal Médico interviene en aquellos expedientes en los que se ha solicitado de forma directa la pensión de incapacidad permanente. En estos casos, recibiremos la citación para que el Tribunal Médico nos evalúe y dicte resolución.

¿Cómo funciona la evaluación que realiza el Tribunal Médico?

Habitualmente la visita al Tribunal Médico suele durar no más de 30 minutos y en ella, un médico evaluador nos podrá realizar preguntas, solicitar los informes médicos, que al final son la base del procedimiento y los que acreditan la disminución de la capacidad laboral o la incapacidad para el desarrollo de esta, y practicar alguna prueba de movilidad o de esfuerzo; según las patologías que se padezcan.

Qué se valora en realidad: no tu enfermedad, tus limitaciones

Este es el punto que más malentendidos genera. El tribunal médico no decide si estás enfermo, sino qué puedes y qué no puedes hacer en tu trabajo. Dos personas con el mismo diagnóstico pueden recibir resoluciones distintas si su profesión les exige cosas distintas.

De ahí se deducen dos consecuencias prácticas:

  • Un informe que describe la patología pero no traduce sus efectos en limitaciones funcionales —cuánto peso puedes levantar, cuánto tiempo permanecer de pie, qué capacidad de concentración mantienes— aporta menos de lo que parece.
  • Tu profesión concreta forma parte de la valoración. Conviene poder explicar qué haces exactamente en tu puesto, no la categoría que figura en el contrato.

Qué llevar y cómo explicarlo

  • Los informes médicos completos y actualizados, incluidos los de especialistas privados si los tienes.
  • Pruebas objetivas: resonancias, informes de rehabilitación, tratamientos en curso.
  • Una descripción de tu jornada real: qué tareas haces, cuántas horas y con qué esfuerzo físico o mental.

Y una advertencia de sentido común: ni exagerar ni quitarle importancia. Lo primero se detecta y resta credibilidad; lo segundo hace que limitaciones reales no queden reflejadas en el acta.

¿Cuánto tarda el Tribunal Médico en resolver?

La ley establece un plazo de 135 días para resolver el expediente de incapacidad permanente. Este plazo se inicia con la presentación de la solicitud de incapacidad permanente ante el INSS hasta que éste emite resolución denegatoria o de concesión de la incapacidad.

¿Y si no recibo la resolución en 135 días?

En el caso de no recibir la resolución transcurrido el plazo de 135 días, y en base al artículo 6.1 del citado Real Decreto, se entenderá como desestimada por silencio administrativo.

Ver Cuánto tarda el INSS en resolver una incapacidad permanente (2026)

Qué pasa con tu baja después del dictamen

El equipo de valoración emite un dictamen-propuesta y es el INSS quien resuelve. A partir de ahí caben tres escenarios, y conviene saber qué implica cada uno antes de que ocurra:

  • Alta médica. Terminan la baja y la prestación. Si no estás de acuerdo, hay plazos breves para impugnarla.
  • Prórroga de la baja. Continúas de baja y la valoración se pospone.
  • Propuesta de incapacidad permanente, en alguno de sus grados.

Cualquiera de los tres se puede discutir, pero los plazos son cortos y empiezan a contar desde la notificación. Sobre los tiempos de respuesta del INSS puedes ver cuánto tarda el INSS en resolver una incapacidad permanente.

¿Puedo impugnar la resolución?

Efectivamente, si no estamos de acuerdo con el dictamen podemos recurrir la resolución.

Este tipo de procesos pueden resultar un poco complejos, es por este motivo que desde Jover&Jover Marben Abogados siempre recomendamos contar con un abogado especialista en incapacidades. Si necesitas asesoramiento, puedes ponerte en contacto con nosotros y estaremos encantados de buscar la mejor opción para tu caso.

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Prepara tu tribunal médico con un laboralista

La revisión dura pocos minutos y de ella depende buena parte de lo que venga después. En Jover Marben llevamos más de 20 años dedicados en exclusiva al Derecho Laboral, desde el lado del trabajador, con despacho en Barcelona y Madrid.

Si tienes cita con el tribunal médico o acabas de recibir la resolución, cuéntanoslo y lo revisamos contigo: qué documentación conviene aportar, cómo se traducen tus patologías en limitaciones y qué opciones tienes según lo que resuelvan. La valoración es gratuita.